El blog de la limpieza, desinfección y esterilizacion de dispositivos sanitarios. Este Blog no pertenece ni representa a ninguna Sociedad Científica, Asociación u Organismo, su finalidad es la difusión de conocimientos y actividades relacionados con la Esterilización. Todo es fruto de una búsqueda personal de evidencia en este campo sanitario. El administrador de este blog no se responsibiliza de la información contenida en el blog pues pudieran existir errores de intepretación o traducción en algún caso de los artículos o fuentes originales. Se recomienda, por tanto, consultar con los escritos originales (enlaces), de los que tampoco este administrador se responsabiliza de su exactitud. Tampoco se responsabiliza de las opiniones vertidas por sus seguidores. Los contenidos patrocinados se indicarán debidamente.
He leído hace poco en la red Linkedin una entrada sobre la compatibilidad de sistemas de esterilización y productos 3D. Aunque según lo que dicen, también voy a tener que leer Tinder.
En el Blog he tratado este tema de la impresión 3D y fabricación «in house» y el avance que está teniendo.
Lo que me llama la atención de esa entrada es que dice con una rotundidad aplastante que «Esterilice materiales impresos en 3D en el sistema de esterilización a baja temperatura V-PRO™ maX 2. El único con ciclos especializados en 3D. El esterilizador de baja temperatura V-PRO maX 2 es el único esterilizador sanitario autorizado y validado para determinados materiales impresos en 3D. Procesa una gama más amplia de artículos, incluidos modelos impresos en 3D y guías quirúrgicas*, que se utilizan a menudo dentro del campo estéril durante los procedimientos.»
Hay algo que sabemos de hacer exámenes test, si una respuesta dice «siempre» «único», generalmente no es correcta.
Si uno sigue leyendo la entrada, podrá ver que no es con todas las resinas, sino con sólo algunas, por lo que el titular puede ser engañoso:
¿Qué quiere decir ésto? Pues que a la hora de esterilizar un producto 3D, deberemos saber si es compatible el material con el sistema de esterilización. De momento, esta marca comercial lo es con las resinas señaladas, con unos ciclos determinados y unos tamaños especificados.
Los cambios que se producen por los sistemas de esterilización es un tema que se está publicando bastante, y hay bastantes artículos sobre el tema (Yazigi 2023, Pop 2022, Valls-Esteve 2023), y con todos los sistemas de esterilización «The effect of sterilization on mechanical behavior and dimensional changes and distortion of 3D-printed parts is key to understanding its potential applications and is the underlying cause of failures» (George 2018).
«The study group samples were subjected to three different sterilization procedures, i.e., HPO, Autoclave 121, and Autoclave 134, available at a sterilization-certified facility at HSJD» (Valls-Esteve 2023) Este artículo es bastante bueno, y hace una comparativa de vapor de agua y peróxido en forma gaseosa.
There are several points that must be highlighted:
(1)The temperature (depending on the sterilization method) and the exposure time influence the mechanical behavior of materials. The higher the temperature and the longer the exposure time, the higher the risk of the mechanical and geometrical properties to be affected and the bigger the changes from its original form.
(2)The 3D printing accuracy showed that AU134 and AU121 methods have a greater influence on the samples compared to HPO method. Therefore, HPO method is a better option, depending on the selected material.
(3)In general, hard liquid resin materials produced by MJ such as MED610, or produced by SLA such as Surgical Guide resin, and powder polymeric materials printed using SLS technology such as PA12 have better behavior than thermoplastic materials produced by ME in heat-based sterilization processes; therefore, it is a better option for the production of surgical guides. Among these hard liquid resin materials, MED610 and specially PA12 are the strongest candidates.
(4)The selection of materials, technology, and sterilization process to be used depends on the final application and its own mechanical and dimensional requirements.
(5)The materials analyzed in this study can mostly mimic hard tissues, owing to their comparable elastic modulus. However, other materials such as silicones or hydrogels are needed for mimicking soft tissues.
En la entrada indican cosas que me parece importante recordar:
Los dispositivos deben limpiarse, enjuagarse y secarse a fondo antes de la esterilización.
Los dispositivos impresos en 3D deben procesarse en una sola bolsa
No se debe procesar ninguna otra carga de dispositivos con dispositivos impresos en 3D
Tras la carga correcta, seleccione el ciclo especializado adecuado en el panel táctil del esterilizador
Los dispositivos están disponibles para su uso inmediato después de la esterilización
Es un orgullo y satisfacción poder decir que ya tenemos disponible la «Guía de reprocesado de dispositivos médicos y quirúrgicos» de la Sociedad Española de Desinfección y Esterilización (SEDE), y patrocinada por Matachana (diseño y maquetación).
Han participado miembros de SEDE bajo la coordinación del Dr. Vicente Zanón, y la revisión de Raquel Valle Morales, además del propio Dr. Zanón, que es el principal impulsor de esta guía de referencia.
Como se dice en el prólogo «El principal objetivo de esta nueva Guía continúa siendo ofrecer al profesional los criterios para la organización y la gestión de la Central de Reprocesado, contribuyendo a la mejora de sus condiciones de seguridad y de la calidad de su práctica, incluyendo la eficiencia, diseño y equipamiento, así como el control de la esterilidad y el de la calidad».
Esta es la típica entrada que realizó por que me lo ha preguntado una amiga. ¿Hay que esterilizar una copa menstrual? Evidentemente NO, lo que hay que hacer con ella es limpiarla y desinfectarla bien (desinfección de alto nivel). Y es que una vez más tenemos que tirar de los Criterios de Spaulding. No me canso de poner esta tabla, pero es que es la respuesta a la mayoría de las dudas que se plantean. Ya pasó con el Satisfayer masculino, el Satisfayer femenino o los biberones. Por tanto, lo que dije en esas entradas, vale para las copas.
Una duda que me queda es si estas copas menstruales se consideran producto sanitario, y en concreto un IIb, al igual que los preservativos, con el nuevo reglamento de productos sanitarios (Reglamento 2017-745).
Por tanto, si no hay que esterilizar lo que se debe hacer es limpiar y desinfectar correctamente, ya que la copa entra en contacto con la mucosa vaginal. En la red he encontrado bastante información sobre el tema, aunque a veces equivocan los términos. Para mantener limpia e higienizada la copa menstrual a lo largo del ciclo y los meses, es importante introducirla dentro de una bolsita de algodón –en donde suele venir a la hora de su compra. Para limpiarla durante la menstruación es necesario extraerla de la vagina cada 12 horas y sólo enjuagar con agua caliente entre puesta y puesta, asegurándose que los agujeros y marcas queden libres de restos. Puedes utilizar un jabón neutro si lo precisas junto con el agua. Una manera de limpiar la copa menstrual es llenarla con agua tibia, tapándola cuando se llene con la palma de la mano y, con la otra, apretándola para que salga el agua a presión a través de los agujeritos.
Y secarla bien.
Personalmente, además de ese jabón, añadiría un jabón desinfectante que puede ser un amonio. Y ya posteriormente, podemos esterilizarla si queremos. Pero lo que siempre se dice en nuestro campo, sin limpieza y desinfección previa no se puede hacer una esterilización (o no se debería). Los mismos fabricantes recomiendan desinfectantes, que suelen ser mezclas de alcoholes, cloruro de benzalconio
Para esterilizarla caseramente podemos poner un cazo con agua a hervir. En su punto de ebullición, cuando estén las burbujitas, meter la copa menstrual. Cronometra 4 minutos (o lo que recomiende cada fabricante). No más, no menos. Si se excede el tiempo, la copa se puede quemar y quedar inutilizable. También se puede poner en el microondas, pero hay que controlar el tiempo para no estropear la copa. Hay recipientes para microondas:
La esterilización de la copa menstrual se recomienda realizar una vez al mes. No hace falta un envasado especial, si no tenerlo en un lugar limpio y seco. Bastan esas bolsas de tela de algodón que vienen con las copas.
Algunas veces pueden aparecer manchas marronáceas en la copa, eso es por la oxidación de la sangre. Pueden eliminarse con agua oxigenada, pero hay que tener cuidado, porque el agua oxigenada (peróxido de hidrógeno) puede estropear la silicona de la copa.
He encontrado muchos tutoriales y vídeos sobre el tema en la red de redes.
La menstruación y dolor asociado a ella (dismenorrea) es ese aspecto de la salud poco estudiado y poco trabajado, quizás por el sesgo de siglos de la medicina, que lo ha considerado como un tema de poca importancia. Pero lo cierto, es que muchas mujeres ven reducida su calidad de vida durante la misma, o que le causa los suficientes problemas para alterar su vida.
La música de despedida será con una de las concursantes del #BenidormFest y su ya conocido «Ay mama». No era mi favorita, ya os dije que yo prefería a Varry Brava.
Y acabamos con buena música de los 70, con peinados llenos de laca, pelo en pecho, cuellos de camisa del tamaño de un ala delta, y pantalones campana que parecen un molino de viento manchego. Yo me pregunto, cómo un tipo que se llama Ludwig Franz Hirtreiter pasa a llamarse Rex Gildo y canta una fiesta mexicana. Que lo hiciera Luis Mariano, lo entiendo, ¿pero un alemán?
Es que es todo muy raro, y si no, quién iba a pensar que un ex-Ministro de Cultura del Gobierno del Reino de España (Maxim el minim tiempo) iba a presentar un «chow» de canciones candidatas a la Eurovisión 2022 («gensanta» que diría mi gran Forges).
Rex Gildo
Ojo, que está grabado de Tele 5, en la época de las Mama Chicho
No a la guerra. Nuestro apoyo a los ciudadanos de Ucrania
«La que se avecina» es el título de la ponencia sobre el nuevo Reglamento, pero la geopolítica se ha colado y también podemos aplicarlo.
Hace unos días «tomé un café» en una sesión organizada por la casa comercial Dr. Weigert sobre el Reglamento 2017/745 (link de la noticia), del que ya hablé en el Blog en una entrada, pero esta vez lo voy a ampliar.
Lugar del encuentro
Me acompañó una amiga y profesional como Mercedes García Haro, que se centró en la aplicación directa en la RUMED. Fue de esas sesiones con amigos, en un ambiente muy distendido y agradable. Una organización inmejorable con el equipo de Dr. Weigert.
Aquí Mercedes iniciando la exposición
¿Qué debo hacer con el nuevo reglamento de productos sanitarios? (así se llamaba la charla). Leerlo y padecerlo en la intimidad como unas hemorroides.
Y aquí empezando mi charla
Este reglamento tiene como objetivo garantizar la disponibilidad en el mercado de productos sanitarios eficaces, de calidad y seguros.
De dónde venimos, y adonde vamos
Reglamento de Productos Sanitarios o Medical Devices Regulation (MDR), son dos conceptos: Reglamento y Productos sanitarios (Artículo 2 del Reglamento 745/2017).
Los reglamentos son actos jurídicos que se aplican de manera automática y uniforme en todos los países de la UE desde su entrada en vigor, sin necesidad de incorporación al derecho nacional.
Son obligatorios, en todos sus elementos, en los Estados miembros. El Reglamento comunitario una norma de aplicación directa, el RD 1591/2009 ha pasado a quedar, en aquellos aspectos que no resulten conformes con aquel, desplazados (que no derogados). El Reglamento es una norma de aplicación directa, pero se supedita algunos aspectos o cuestiones a la regulación que se establezca a nivel nacional. El Reglamento obliga a:
1.- Derogar el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios (excepto 21, 38, 39 y 40, y el Real Decreto 1616/2009, de 26 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios implantables activos (excepto 18, 34, 35 y 36), ante la aplicación directa del Reglamento (UE) 2017/745.
2.- Desarrollar las medidas reglamentarias necesarias para aquellos aspectos en los que el reglamento comunitario ha determinado que serán los Estados miembros lo que establecerán la regulación a nivel nacional.
3.- Adaptar, adoptar o mantener las medidas requeridas por la legislación nacional.
El futuro Real Decreto es necesario para establecer:
a) Los requisitos y procedimientos para la regulación de los productos fabricados y utilizados en un centro sanitario (fabricación in house)
b) Los requisitos y procedimientos para la regulación del reprocesamiento de productos sanitarios de un solo uso
c) La regulación de la tarjeta de implantación
d) La creación de un registro nacional de comercialización de productos sanitarios
e) Establecer que la autoridad competente es la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios independientemente de las competencias de otras autoridades sanitarias
Según el proyecto de Real Decreto: Todas las centrales de esterilización o RUMED de los hospitales (públicos y privados) tendrán que obtener la Licencia de Funcionamiento.
¿Qué es un producto sanitario?Producto sanitario (Medical Devices: MD) es cualquier instrumento, dispositivo, equipo, programa informático, implante, reactivo, material u otro artículo destinado por el fabricante a ser utilizado en seres humanos y que no ejerce su acción principal prevista en el interior o en la superficie del cuerpo humano por mecanismos farmacológicos, inmunológicos ni metabólicos, pero a cuya función puedan contribuir tales mecanismos.
También se considerarán productos sanitarios los productos de control o apoyo a la concepción. Y atención, los productos destinados específicamente a la limpieza, desinfección y esterilización de los productos sanitarios. Se excluyen las lentes de contacto y productos para introducirse o colocarse en los ojos, y los productos invasivos quirúrgicos para modificar anatomía o fijación partes del cuerpo, excluidos tatuajes y piercings.
¿Cómo se clasifican los productos sanitarios? (Artículo 51 y Anexo VIII del Reglamento 745/2017)
Este reglamento tiene unos cambios relevantes que se aplican a la Central de Esterilización o RUMED:
•Los desinfectantes de productos no invasivos son IIa
•Los desinfectantes de productos invasivos son IIb
•Las lavadoras desinfectadoras pasan a ser productos sanitarios de la clase IIb
•Los equipos de esterilización pasan a ser productos sanitarios de la clase IIa
•Los indicadores químicos y biológicos NO tienen la consideración de productos sanitario (Confirmado por la AEMPS que se lo ha dicho a un amigo). La empresa GKE ha elaborado un documento donde dicen que «The GKE cleaning process monitoring indicators (CPI) are no medical devices in all countries and do not require any registration» (Párrafo actualizado 21/04/2022).
•Los productos fabricados por el propio hospital para uso interno (in house) pasan a estar regulados y precisan de documentación técnica y sistema de calidad ISO 13485 (¡¡no la 9001!!).
Aunque el Reglamento 2017/745 es de aplicación directa, hay determinados aspectos como el reprocesamiento, el régimen lingüístico o cuestiones de la fabricación en centros sanitarios, entre otros, que el reglamento determina que serán los Estados miembros los que establecerán la regulación a nivel nacional. Es por esto que en la actualidad se está elaborando el nuevo Real Decreto de Productos Sanitarios (sustituye al RD 1591/2009). Un producto sanitario:
-Se utiliza en personas.
–Finalidad prevista: Se diseña para cumplir un determinado fin. Documentada en el expediente técnico
-El fabricante lo ha validado en relación con el objetivo perseguido. Este objetivo lo establece el fabricante, y él mismo lo confirma, para emplearlo en relación con la enfermedad, discapacidad, proceso fisiológico, o patológico.
-Se ha diseñado para conseguir unos beneficios clínicos, siempre superiores a los posibles riesgos, y que él mismo ha sido capaz de evidenciar y justificar.
•Cuando se introduce un producto en el mercado, o lo pone en servicio, el fabricante se asegurará que se ha diseñado y fabricado con arreglo a los requisitos generales de producto sanitario.
•Realizar una evaluación clínica en relación con los requisitos esenciales de producto, incluyendo un seguimiento postcomercialización.
•Los de aquellos productos que no sean a medida, elaborarán y actualizarán la documentación técnica de dichos productos, permitiendo la evaluación de la conformidad de producto.
•Cumplir con las obligaciones de identificación y las de registro.
¿Cómo lo valida el fabricante? ¿Cómo el fabricante es capaz de determinar que, ciertamente, es capaz de ser eficaz y seguro para lo que él mismo pretendía Mediante el ejercicio de la evaluación clínica. La evaluación clínica es un proceso continuo, sistemático y planificado que pretende conseguir, evaluar y analizar información clínica. Estas normas pueden sernos de ayuda:
Y todo ello, en un sistema de seguridad y funcionamiento, que deberá disponer de un sistema de gestión de la calidad (UNE-EN ISO 13485 y la Guía o ayuda la UNE 179003:2009) y establecer, documentar, aplicar y mantener un sistema de gestión de riesgos (UNE-EN ISO 14971). Los estados miembros pueden permitir a los hospitales no aplicar todos los requisitos si la seguridad del nuevo producto son similares a las de los productos originales, el reprocesado se hace según especificaciones comunes sobre gestión de riesgos, la validación de procedimientos, liberación paramétrica o no de productos, ensayos, sistemas de calidad, etc… Solo se reprocesarán productos que se considere seguro hacerlo (por eso van a obligar a los hospitales obtener una Licencia de Funcionamiento). Los estados miembro pueden aplicar estas excepciones también a productos que se reprocesan en empresas externas a los hospital (PERO el producto vuelve al mismo hospital). Parece que los centros sanitarios y los fabricantes externos tendrán un régimen especial. Se abre la posibilidad a los «third party», aunque cada país puede imponer limitaciones al reprocesado y el uso de productos reprocesados. El reprocesamiento se lleva a cabo según especificaciones comunes sobre gestión de riesgos, validación de los procedimientos, liberación, sistema de gestión de la calidad, notificación de incidentes, trazabilidad.
En cuanto a los recursos humanos, se insiste en la figura del Responsable o Director Técnico, con unas funciones que ya conocemos:
•Supervisar las actividades de fabricación.
•Comprobar que se cumplen los requisitos exigidos por la reglamentación.
•Supervisar el archivo documental.
•Revisar y evaluar los incidentes.
•Ser interlocutor con las autoridades sanitarias y facilitar la documentación requerida.
•Solicitar la Licencia de Funcionamiento
Y aparece una nueva figura, que es el Responsable del cumplimiento del Reglamento (Artículo 15 Reglamento 745/2017), que tendrá esta formación, como Licenciado o Grado en Derecho, Medicina, Farmacia, Ingeniería u otra pertinente y un año experiencia en asuntos reglamentarios o SGC de productos sanitarios o cuatro de experiencia en asuntos reglamentarios o en SGC de productos sanitarios.
¿Y con todo esto ya vale?
Pues no, aun tenemos que (Artículo 10 del Reglamento 745/2017):
•Mantener a disposición de las Autoridades la documentación, la declaración de conformidad durante un periodo mínimo de 10 años desde la puesta en el mercado del último producto (15 años si son implantables).
•Disponer de un sistema de registro e información a las autoridades ante incidentes graves o acciones correctivas.
•A petición de la Autoridad competente, facilitarle toda la información para demostrar la conformidad de producto.
•En caso de que el fabricante encomiende a un tercero el diseño o fabricación del producto, se recogerá en la documentación.
•Las personas físicas o jurídicas podrán reclamar indemnizaciones por daños o perjuicios causados por un producto defectuoso; con arreglo al derecho nacional, o de la Unión, aplicable.
•Creación de una nueva base de datos llamada EUDAMED (acceso a las autoridades, la industria, los profesionales sanitarios y el público general) (Artículo 27 y 28 del Reglamento 745/2017 y Anexo VI).
•Mejora en la trazabilidad de los productos sanitarios, mediante la implantación de un número de identificación único (UDI) (Artículo 27 y 28 del Reglamento 745/2017 y Anexo VI).
Para terminar unas breves reflexiones en voz alta:
Todo este Reglamento puede ser un revulsivo para las RUMED, por el papel central en la seguridad del paciente que se les da, pero ¿estarán todas preparadas? Yo creo que no. Algunos hospitales o centros pequeños no tiene personal cualificado suficiente, maquinaria y equipos validados, presupuesto para desarrollarlo…
Creo que va a haber un boom de empresas especializadas en dar cobertura a todos los hospitales. Unos dando formación y asesoría en el Reglamento, sobre todo en los aspectos normativos, sistema de gestión de la calidad y sistema de gestión de riesgos.
Y otras empresas dando servicios mediante subcontratación o externalización de la RUMED o de la Dirección Técnica y Normativa.
No sabemos cómo será el futuro real decreto pero puede cambiar toda nuestra filosofía de trabajo.
Sé que es una entrada dura y con mucha información, y con muchas dudas que tendremos que ir solucionando.
El autor no tiene conflicto de intereses con la empresa Dr. Weigert
Y la despedida con uno de los mejores temas de los 70-80, con las Baccara y su «Yes Sir, I can Boogie» que se ha convertido en el himno no oficial de la selección escocesa de futbol, donde juega el petardo de Bale. En esos años, sólo sabían inglés Jesús Hermida y el Príncipe Gitano.
En estos días de pandemia y vacunación circulan chistes y bromas del estilo «si escondiste el radiocassette debajo del asiento del coche, es que te toca vacunar». Pues si conoces a Pili y Mili es que ya estás vacunado de sobra. Y tiene que ver con el tema del webinar, ¿formol o peróxido de hidrógeno? o más bien ¿formol y peróxido de hidrógeno? Algo así como Pili y Mili.
En este webinar se dará una visión actualizada de la complementariedad, las ventajas e inconvenientes de dos tecnologías a baja temperatura, el Vapor Baja Temperatura y Formaldehido y el Peróxido de Hidrogeno. Sobre esta última tecnología he hablado en mi Blog:
Unos son plasma, otros son gas, diferentes concentraciones y tamaños. «Hay de todo como en botica». Y quiero recordar que hay otras tecnologías como el óxido de etileno (Eto) que siguen teniendo su espacio, o los sistemas de inmersión como el peracético. Y siempre, siempre, el vapor de agua.
El webinar será el próximo miércoles 26 de mayo a las 16.00 horas (hora de España).
Los puntos principales que se tratarán en este webinar son:
❄️ Ventajas, desventajas y comparación de la esterilización por Vapor Baja Temperatura y 2% Formaldehído con el Peróxido de Hidrógeno Vaporizado.
❄️ Caso práctico real del uso cuotidiano de ambas tecnologías por baja temperatura en un mismo hospital.
❄️ El papel de formaldehído en un hospital durante la pandemia.
Ponentes:
👩🏻💼 Mireia Leon Enfermera Responsable de Calidad UCE. Hospital Universitari Germans Trias i Pujol
👨🏻💼 Alex Fernandez Supervisor Quirófanos Urgencias y UCE. Hospital Universitari Germans Trias i Pujol
👨🏻💼 Alejandro Ramirez Ramos Global MATACHANA Product Manager Low temperature Sterilization Healthcare
Se mostrarán ejemplos prácticos de emisiones realizadas e interpretación de los resultados de acuerdo a los límites estipulados en la Directiva Europea 2019/983.
El webinar será el próximo miércoles 14 de abril a las 17.00 horas (hora de España).
👨🏻💼👨🏻💼 Ponentes:
Juan Jose Criado-Alvarez MD, PhD, MPH Director Gerente del Instituto de Ciencias de la Salud. Profesor asociado de la Facultad de Ciencias de la Salud (Universidad de Castilla-La Mancha, UCLM)
Al acabar una clase, congreso o webinar, suelo colgar la presentación en pdf. Aquí tenéis la presentación para que dispongáis de los documentos y artículos que he mencionado:
Se mostrarán ejemplos prácticos de emisiones realizadas e interpretación de los resultados de acuerdo a los límites estipulados en la Directiva Europea 2019/983.
El webinar será el próximo miércoles 14 de abril a las 17.00 horas (hora de España).
👨🏻💼👨🏻💼 Ponentes:
Juan Jose Criado-Alvarez MD, PhD, MPH Director Gerente del Instituto de Ciencias de la Salud. Profesor asociado de la Facultad de Ciencias de la Salud (Universidad de Castilla-La Mancha, UCLM)
En el blog he comentado algún tema de gestión, como Las funciones de Medicina Preventiva en la RUMED. Sin embargo, no se había tratado la cartera de servicios de la central de esterilización o RUMED. Ya sabéis que en el extranjero, más allá de los Pirineos lo denominan así, RUMED.
No deja de ser original que hablemos de gestión en esterilización, un tema poco tratado, pero del que yo al menos he escrito bastante en temas de calidad, normativa, seguridad del paciente e incluso en tipos de gestión (público, privado, externalizado, concesión administrativa…). Quizás toque ir haciendo entradas sobre el tema, si me da la vida.
Igual de original que Emilio el Moro y sus fandangos:
Tan especial fue, que el gran Carlos Cano le dedicó «Las murgas de Emilio el Moro»:
NOTA:
El Blog está abierto a colaboraciones con otros autores. Todo aquel que quiera publicar algo que crea que puede ser interesante para las RUMED, tiene este Blog a su disposición.
Yo me encargaré del atrezzo y la música, como el manchego de adopción Paco Clavel y su twist del autobús (quedaros con la letra, no tiene desperdicio).
Dentro de mi hay una mezcla de guionista de «Cachitos de hierro y cromo» y el petardeo más puro y freaky.
El COVID-19 nos ha traído nuevas formas de relacionarnos y aprender. Hacemos videollamadas por Zoom, Webex, Duo, Team. Damos clases síncronas y asíncronas. Ya no nos saludamos tan efusivamente. Hemos grabado vídeos para cumpleaños, fiestas, saludos, celebraciones. Algunos han aprendido a hacer pan en casa y repostería. Alguno ha encontrado objetos inservibles en casa.
Y por último, hemos descubierto los webinar para la formación y puesta al día.
Dentro de su programa de educación continuada para profesionales de la salud, ASP (Advanced Sterilization Products), organizará el próximo Jueves 24 de Septiembre a las 15.00 h, el webinar “Esterilización y Central de Esterilización: viejos y nuevos desafíos”, en el cual se tratara el papel y la adaptación de la esterilización en esta época que nos ha tocado vivir, el webinar será impartido en ingles por Mr. Trevor Duffy, Supervisor de la Central de Esterilización y el Área de Prevención de la Infección del Hospital Universitario Mater Misericordiae en Irlanda.
Adjunto el link para formalizar la inscripción (una vez realizada la inscripción se enviará un correo electrónico de confirmación con el link de acceso).
A pesar de tantas cosas nuevas, la buena música y el buen cine siempre quedarán.
No tengo conflicto de intereses con ASP y no he recibido contraprestación económica por la publicación
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios acaba de publicar la Consulta pública sobre la derogación del Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios, y el Real Decreto 1616/2009, de 26 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios implantables activos, ante la aplicación directa del Reglamento (UE) 2017/745 a partir del 26 de mayo de 2020.
Es importante conocer las normas que están en vigor en la RUMED.
Cualquier ciudadano, asociación (o sociedad científica) y organización puede hacer alegaciones y comentarios hasta el día 20 de marzo de 2020, a través del siguiente buzón de correo electrónico: normativa.aemps@aemps.es
Hoy la música tiene que ver con nuestro amigo COVID19:
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